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Home Derechos ambientales y humanos

Decreto prioriza a la minería y agroindustria y aplica el «silencio administrativo»

Vladimir Ledezma por Vladimir Ledezma
diciembre 19, 2025
en Derechos ambientales y humanos, Extractivismo, Principal, Último
0
Decreto prioriza a la minería y agroindustria y aplica el «silencio administrativo»
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Se apoya a la minería cooperativizada, al agronegocio, a la depredación y se coarta el acceso a la información a través de la aplicación del «silencio administrativo positivo como regla general».

La Paz,19 diciembre (ANA).- El decreto supremo 5503 emitido por el Gobierno de Rodrigo Paz Pereira, el cual retira la subvención a los combustibles y establece nuevas tarifas, privilegia actividades extractivas como la minería e hidrocarburos y a la agroindustria. Además aprueba la aplicación del «silencio administrativo positivo como regla general» para proyectos de inversión, con lo cual se vulneran normas nacionales e internacionañes referidas al acceso a información, y en particular a la información ambiental.

Uno de los artículos más polémicos es el décimo de los 120 que contiene dicha norma.

ARTÍCULO 10.- (INVERSIONES ESTRATÉGICAS PRIORITARIAS) Se considerarán inversiones estratégicas prioritarias cuando éstas se destinen al desarrollo de los circuitos productivos de los recursos naturales estratégicos y a las actividades económicas en el marco de la planificación del desarrollo económico del país, descritas a continuación:

  1. Minería y metalurgia formal;
  2. Hidrocarburos y energía;
  3. Generación eléctrica y energías renovables;
  4. Agroindustria y alimentos;
  5. Infraestructura logística y transporte;
  6. Manufactura con orientación exportadora

Al respecto fueron consultadas fuentes especializadas quienes hicieron conocer sus consideraciones al respecto, tal es el caso de Daniela Arratia, titular del colectivo Lucha por la Amazonía quien calificó al decreto como una “carta de shock” sin haber previsto una contención social para los sectores que ya están siendo más afectados.

“Señala que van a apoyar a las grandes fortunas, a la minería, al agronegocio, a la explotación de hidrocarburos, pero no les importa lo que pase con la población, solo quieren dinero y listo, porque es lo que les piden sus sectores privilegiados, entonces aquí entramos en una misma trampa que utilizó el MAS: leer la economía desde un púlpito moral o de privilegio sectoriales”, señala.

Por su parte, Francisco Prada, también activista ambiental, a tiempo de descalificar el decreto por sus connotaciones y consecuencias, subrayó el que haya sido designado nada menos que como viceministro de Trabajo un personaje estrechamente vinculado al cooperativismo minero, ello en alusión a Efraín Silva, presidente de la Federación de Cooperativas Mineras Auríferas del Norte de La Paz (Fecoman).

“Totalmente estoy en desacuerdo con que pongan a Efraín Silva, que es el dueño del pueblo minero de Incachaca y es el presidente de Fecoman, ahora es viceministro de Trabajo, yo no puedo creer que en vez de castigarlo lo premian con semejante cargo, cuando él realmente debería estar castigado, ahora todos los cooperativistas tienen carta blanca para hacer minería ilegal” , expresa (v. Instalaciones mineras a metros de la represa de Incachaca que alimenta de agua a La Paz. Vladimir Ledezma, 27/09/25, ANA ).

Se coarta el acceso a la información

El artículo 12 del decreto N°5503 establece la aprobación expedita de los proyectos de inversión extractivos dando a sus propios funcionarios un plazo máximo de 30 días para su aprobación, caso contrario ésta será de hecho, incluso coartando la información al respecto, es así que la titular de “Lucha por la “Amazonía” denunció que el actual gobierno lleva adelante su gestión conjuntamente a los sectores extractivos:

“Porque lamentablemente estamos viviendo bajo un Gobierno que cogobierna con el agronegocio y justamente dentro de estos sus socios estratégicos están los mineros, está el agronegocio, transnacionales, quienes están vendiendo nuestro país y destrozando el futuro y el presente de los bolivianos, principalmente el agronegocio que gobierna con sus privilegios mientras que el ciudadano de a pie tiene que financiar la crisis inminente y las exportaciones”, subraya.

ARTÍCULO 12.- (APROBACIÓN EXPEDITA PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN ESTRATÉGICA)

I. Se establece un Procedimiento de aprobación expedita (FAST TRACK) para la aprobación técnica de proyectos de inversión estratégica acogidos a este régimen:

II. El procedimiento FAST TRACK comprende:

  1. Tramitación prioritaria y concentrada de autorizaciones sectoriales;
  2. Ventanilla única de evaluación y aprobación técnica;
  3. Plazos perentorios y preclusivos para la administración pública
  4. Aplicación de silencio administrativo positivo como regla general

III. El plazo máximo para la aprobación técnica de un proyecto FAST TRACK será de treinta (30) días calendario, computables desde la presentación de la solicitud.

A su vez Francisco Prada hizo referencia a ese articulado enfatizando en el hecho de que el mismo coarta la libertad de expresión y muy especialmente la libertad de acceso a la información ambiental, en especial la de ciudadanía y periodistas, vulnerando frontalmente el Acuerdo de Escazú del que Bolivia forma parte.

“Están coartando completamente la libertad, porque coartar la información es coartar la libertad, sabemos muy buen que la mayoría de los medios de comunicación están vendidos y solamente dicen algunas ciertas noticias, cuando el país entero estamos corriendo riesgo y no solamente a nivel de la gasolina o del gas, sino a nivel medio ambiente, el diésel le han quitado el ser una sustancia prohibida, va haber más minería”, afirma, sin ofrecer pruebas en contra a de los medios que denomina «vendidos».

Liberación de modificación de aranceles a proyectos extractivos

Bocamina a metros de represa (Foto archivo ANA)

Un articulado previo (Art. 9) brinda a todas esas instancias extractivas liberación de quince años en cualquier modificación a los tributos que pagarían, protegiendo de cualquier situación de esa naturaleza a los proyectos extractivos posteriores, tal como se lo transcribe a continuación:

ARTÍCULO 9.- (ESTABILIDAD JURÍDICA Y TRIBUTARIA REFORZADA).-

I. Las inversiones acogidas al presente Régimen gozarán de estabilidad jurídica y tributaria por un plazo de hasta quince (15) años, respecto de:

  1. Alícuotas y estructura de los tributos vigentes;
  2. Regímenes arancelarios aplicables
  3. Normativa de comercio exterior
  4. Reglas de acceso, uso y repatriación de divisas;
  5. Incentivos sectoriales expresamente reconocidos.

II. Las modificaciones normativas posteriores no serán aplicables a las inversiones protegidas, salvo aceptación expresa del inversionista.

¿Se alienta el saqueo y la depredación desde el gobierno?. Foto V. Ledezma ANA
Tags: acceso a la informacióndecreto gasolinazoimpulso a proyectos extractivosincentivos al extractivismo
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