Recuerda que el principio de precaución se creó para impedir que los gobiernos, las empresas o las autoridades usen la «falta de pruebas científicas» como una excusa para no hacer “nada” hasta que sea demasiado tarde para reparar el daño.
La Paz, 25 septiembre (ANA).- Ante los indicios de la presencia del síndrome de Minamata en la Amazonía boliviana, por el uso del mercurio para la extracción del oro en operaciones aluviales y a cielo abierto, la Coordinadora Nacional de Defensa de Territorios Indígena Originario Campesinos (Contiocap) demandó al Estado boliviano realizar diagnósticos, tratamientos y medidas de contingencia.
“Nos encontramos con posiciones contradictorias, que exigen pruebas científicas de la existencia del síndrome (diagnóstico) para reconocer el peligro, pero contradictoriamente y con la misma fuerza afirman, sin ningún respaldo científico, que el síndrome no existe en la Amazonia”, señala el pronunciamiento de la organización indígena.
Dejó establecido que, la Contiocap señaló sobre indicios de la existencia del síndrome de Minamata, equivalentes a un conjunto de signos y síntomas que aparecen juntos, más no de un diagnóstico. “El diagnóstico es el acto médico de reconocer, clasificar y describir la enfermedad a partir de signos, síntomas, pruebas clínicas o de laboratorio”, se detalla.
La Contiocap destaca que, en un evento público compartió información relevante sobre la contaminación con mercurio en poblaciones indígenas, y debido a la relevancia y debate emergente posterior, es importante aclarar los alcances de los hallazgos identificados.
“Como defensores de derechos y nuestros compañeros antes que nosotros transitaron este camino, nos enfrentamos a la excusa típica de los Estados, cuando se identificaba una amenaza o el riesgo a nuestro medioambiente o la salud de nuestras familias de: muéstreme las pruebas para actuar”, sostiene el pronunciamiento.
El principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, integró el principio de precaución. “Este principio no se limitó al tema ambiental, sino también se constituyó como directriz para proteger la salud de los seres humanos, frente a amenazas de daños graves o irreversibles, incluso cuando no existe una certeza o evidencia científica absoluta sobre dicho riesgo”, sostiene el documento.
En esa línea, se destaca que el principio de precaución se creó para impedir que los gobiernos, las empresas o las autoridades usen la «falta de pruebas científicas» como una excusa para no hacer nada, hasta que sea demasiado tarde para reparar el daño.
El principio de precaución se integró en la legislación boliviana de forma textual en la Ley 1359 de Emergencia Sanitaria el 17 de febrero de 2021, que faculta a las autoridades a adoptar medidas preventivas y restrictivas cuando existan indicios racionales de riesgo para la salud pública, incluso sin certeza científica plena.
“Y para cuando se refiere a la concentración de tóxicos en el cuerpo humano, otros países han integrado este principio de la siguiente forma: Cuando una actividad representa una amenaza o un daño para la salud humana o el medio ambiente, hay que tomar medidas de precaución incluso cuando la relación causa-efecto no haya podido demostrarse científicamente de forma concluyente”, se enfatiza.
Al identificar indicios de la presencia de este síndrome, y por el principio de inversión de la prueba en salud, el siguiente paso inmediato según la Contiocap, es que el Estado asuma la aplicación del principio de precaución y de forma inmediata se desarrollen los esfuerzos para el diagnóstico, tratamiento y medidas de contingencia.
“La nota de prensa que difunde nuestra participación en un evento público (https://anabolivia.org/ruth-alipaz-advierte-en-bolivia…/), refleja fielmente lo dicho: Que existen indicios del síndrome de Minamata en Bolivia, en poblaciones indígenas afectadas por la contaminación con mercurio de la minería de oro a gran escala. Esta denuncia, no afirma casos diagnosticados del síndrome de Minamata en Bolivia, sino transmite nuestra preocupación al haber identificado indicios de este síndrome, y buscamos que esta denuncia convoque, advierta y exige al Estado Boliviano, para que asuma su rol de protector de los derechos fundamentales como a la vida”, expresa el comunicado.
También se cita los derechos a la alimentación sana y salud de las poblaciones indígenas y de toda la sociedad boliviana, y la necesidad de que el Estado active el principio de precaución, además de tomar medidas efectivas ante este riesgo.
“El interés de negar la existencia de este síndrome, sin pruebas, separa las motivaciones personales de nuestras acciones reales y preocupadas por la salud de las poblaciones indígenas, que, al haberse identificado un posible riesgo para la salud, se debería aplicar el principio de precaución”, se enfatiza.
La problemática de la contaminación con mercurio en Bolivia se conoció a nivel global, gracias a estudios previos y posteriores al estudio que se impulsó desde la Contiocap con instituciones de la sociedad civil como el Centro de Documentación e Información Bolivia (Cedib), la academia nacional como la UMSA, e internacional como la Universidad de Cartagena de Colombia en 2021, 2022 y 2023.
Recordó que hasta que la Contiocap lo denunció en una Audiencia Temática ante la CIDH, el 14 de marzo de 2022, no se conocía en el ámbito público nacional ni menos internacional sobre la gravedad de esta problemática de contaminación con mercurio en poblaciones indígenas. Y se logró también que el Relator Especial de Sustancias Tóxicas, Marco Orellana, lo haya expuesto el 8 de julio de 2022, en su informe ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
“Lo que manifestamos tiene base científica en el conocimiento de los efectos que tiene la contaminación con mercurio, así como del vivir el día a día en nuestros territorios cerca a las familias que tienen que soportar el costo del interés económico de la minería aurífera en Bolivia. Y venimos exigiendo al Estado boliviano hacernos parte de la elaboración de planes y códigos mineros, a fin de que entre todos construyamos normas que erradiquen estas prácticas como ocurrió en Minamata”, acota el documento.
Estudios realizados en la sangre de las mujeres indígenas amazónica demostró que nueve de cada diez, presenta niveles muy por encima de lo máximo permitido de mercurio en la sangre, que es de una parte por millón (1ppm), que el 41% de las mujeres diagnosticadas ha sufrido abortos espontáneos asociados a los niveles de contaminación por la sustancia tóxica.
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