Mientras la Constitución establece que se debe respetar todas las formas de vida y promocionar la producción ecológica, la nueva normativa solo vela por los beneficios económicos inmediatos de los productores comprometiendo la soberanía alimentaria.
La Paz, abril de 2022 (ANA).- El gobierno boliviano promulgó en las últimas horas el decreto supremo N° 4702 que permite la importación de productos transgénicos hasta el final de este 2022 sin que siquiera deban pagar arancel, en clara contraposición a lo establecido por la Constitución Política del Estado en actual vigencia que prescribe que su producción, importación y comercialización será regulada por ley.
El polémico decreto en su parte resolutiva (artículo único) reza así: “Se difiere de manera temporal el gravamen arancelario a cero por ciento hasta el 31 de diciembre de 2022 para la importación de insecticidas, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas y productos similares que firman parte indivisible del presente decreto supremo”.
Al respecto el citado decreto considera que de acuerdo al texto de la Constitución Política del Estado (CPE) se debe priorizar el desarrollo integral sustentable así como las acciones para el fomento de los emprendimientos económicos comunitarios. Al respecto cabe recordar que en los pasados días el gobierno creó una nueva empresa estatal de producción agropecuaria, la que creó susceptibilidad en cuanto a que pueda permitir el uso indiscriminado de agrotóxicos.
Decreto versus Constitución Política
Sin embargo cabe destacar que la misma CPE en relación al desarrollo rural considera entre sus prioridades el emprender acciones relativas a “la significación y el respeto de las comunidades indígena originario campesinas en TODAS las dimensiones de su vida” (Art. 405, inciso 5).
De igual manera esa normativa suprema, siempre en relación al desarrollo rural integral sustentable, establece como objetivos el promover la producción y comercialización de productos agroecológicos (Art. 407, inc. 3), establecer políticas y proyectos de manera sustentable, procurando la conservación y recuperación de suelos (Id. inc. 6), controlar la salida y entrada al país de recursos biológicos y genéticos (Id. inc. 11), así como establecer políticas y programas para garantizar la sanidad agropecuaria y la inocuidad alimentaria (Id. inc. 12) (VLM).