Si se mantiene la falta de respuesta, los pueblos indígenas acudirían a mecanismos internacionales para velar por sus derechos, pues la contaminación por mercurio no reconoce límites territoriales, ni sus consecuencias esperan la disponibilidad administrativa o judicial.
La Paz, 29 agosto (ANA).- Es más de medio año que el Tribunal Agroambiental no se pronuncia luego de una inspección ocular realizada en febrero de este año efectuada por los magistrados de esa instancia judicial dentro el marco de una acción preventiva presentada en defensa del río Madre de Dios por el Territorio Indígena Multiétnico (TIM II) conjuntamente a sus organizaciones matrices en el mes de julio de 2025.
Al respecto, comunidades del TIM II demandan una respuesta urgente al Tribunal Agroambiental, muy preocupados por los impactos de la minería aurífera y el uso de mercurio vuelve a tomar fuerza en la Amazonía boliviana, “En los últimos días, representantes del pueblo indígena Ese Ejja del municipio de Reyes, en el departamento del Beni, denunciaron públicamente una grave situación de contaminación que estaría afectando el agua, la pesca, la producción y la salud de sus comunidades” (Suman denuncias por uso de mercurio y exigen urgente protección al río Madre de Dios”, Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas – Bolivia (ODPIB).
Sujeto de derechos
Sin embargo, la demanda indígena va más allá y solicita el reconocimiento y protección del río Madre de Dios como sujeto de derechos, lo cual permitiría garantizar la conservación y capacidad de regeneración de esa importante vía fluvial frente a los daños provocados por la minería.
“Así como que se adopten garantías para las autoridades y dirigencias indígenas, monitores territoriales y el equipo técnico que acompaña este proceso, reconociendo su labor como defensores del territorio, del medio ambiente y de los derechos humanos”, reza la información proporcionada por ODPIB.
El Río Madre de Dios es parte de la cuenca del Amazonas, afluente del Río Beni, atraviesa Perú y Bolivia con una longitud aproximada de 1150 km, pero es considerado trinacional porque además sus aguas desembocan finalmente en el sistema amazónico de Brasil. En Bolivia comprende sobre todo al departamento de Pando.
Por ejemplo, en otros países amazónicos como Colombia, varios ríos y cuencas han sido reconocidos legalmente como sujetos de derechos por la rama judicial, entre ellos el Río Atrato y otros como el Cauca, el Magdalena (además impulsado por trámites estructurales y reconocimientos en el ámbito de la JEP) conjuntamente a afluentes como el Coello, el Combeima y Cocora (con medidas para el cese de actividades mineras en sus cuencas), el Quindío, el Pance, La Plata, el Otún, el Sinú y el Bita.
Cabe destacar que esa figura implica derechos bioculturales con el reconocimiento de la relación inseparable entre las comunidades étnicas o locales y la salud del ecosistema, así como garantías estatales, las cuales obligan al Estado a designar representantes legales o guardianes y a implementar planes de descontaminación y restauración del caudal.
Afectaciones a la salud y mecanismos internacionales
Retornando a las afectaciones que la actividad minera provoca en la salud humana, es que con la acción del TIM II se quiere frenar esas actividades extractivas, garantizando una fiscalización efectiva, protegiendo y precautelando la salud de las comunidades y los derechos colectivos de las naciones tacana, cavineña y Esse Ejja.
Representantes del pueblo Esse Ejja del municipio de Reyes (Beni) hicieron recientemente pública la denuncia de que la contaminación estaría afectando el agua, la pesca, la producción y la salud de sus comunidades. En ese contexto, Nair González, presidente de esa comunidad indígena, denunció que al menos doce personas habrían fallecido y que otras se encuentran enfermas en un contexto de exposición al mercurio.
El dirigente referido indicó que las familias de las comunidades se ven obligadas a proseguir con el uso del agua del río ya que carecen de otra fuente de abastecimiento, siendo así que el pescado, que es uno de sus principales alimentos, es afectado por la contaminación.
Frente al silencio de las autoridades, en este caso del Tribunal Agroambiental, Lucio Ayala, presidente del TIM II, hizo conocer públicamente su preocupación cuestionando la ausencia de respuestas pertinentes y oportunas tanto del Estado como de la justicia agroambiental.
De la misma manera advirtió que en caso de que continúe el silencio y la falta de respuestas efectivas a las demandas de los pueblos indígenas, las organizaciones considerarán la posibilidad de acudir a mecanismos internacionales de protección de derechos.
En ese sentido el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS), institución que acompaña técnica y jurídicamente a las organizaciones indígenas en este proceso, considera que son precisamente las denuncias indígenas las que demuestran la importancia de que las instancias estatales deban actuar con prontitud, sin dejar de lado la precaución y la prevención sin esperar a que los daños sean irreversibles. (VLM)
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